afiliado a CNT-AIT de GRANADA<p>CNT AIT Chiclana</p><p>CNT AIT de Chiclana denuncia ante la Inspección de Trabajo irregularidades en la empresa COASA</p><p>CNT-AIT de Chiclana, denuncia ante Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz irregularidades en la empresa CONSTRUCCIONES<br>OCCIDENTAL DE ANDALUCÍA (COASA) del sector del metal, dedicada a reparación de buques y que desarrolla su actividad principalmente en las<br>factorías de Navantia de la Bahía gaditana.</p><p>Así, este sindicato puso en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz, de la infracción continua por parte de CONSTRUCCIONES OCCIDENTAL DE ANDALUCÍA de imponer a sus trabajadores, que prestan servicio en la factoría de Navantia Cádiz, jornadas diarias de doce horas , vulnerando con ello la jornada máxima de nueve horas / día establecida en el Art. 34 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores, así como lo establecido en el art.22 del convenio colectivo de aplicación donde se establece que" diariamente no se pondrá realizar más de nueve horas totales de trabajo efectivo,(ordinarias y extras). </p><p>CONSTRUCCIONES OCCIDENTAL DE ANDALUCÍA (COASA), tampoco respeta lo estipulado en materia de descanso mínimo entre jornadas (12 horas), ya que es frecuente que entre una jornada laboral y otra solo ha transcurrido unas horas , (salir el trabajador a las 15.00h e incorporarse a su puesto de trabajo a las 19.00h.). Por lo tanto, tampoco respeta la jornada semanal máxima de 40 horas, ni el derecho al descanso semanal mínimo de día y medio ininterrumpido, puesto que obliga a su personal a prestar servicios durante los siete días de la semana adoce horas por jornada continuamente.</p><p>Esto vulnera lo estipulado en materia de horas extraordinarias tanto en el convenio colectivo de<br>aplicación, que prohíbe expresamente la realización de horas extraordinarias habituales, como lo regulado en lo referente a su cuantía máxima en el art. 35.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.</p><p>Continúa en comentarios</p><p><a href="https://kolektiva.social/tags/cntaitchiclana" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>cntaitchiclana</span></a> <br><a href="https://kolektiva.social/tags/explotacionlaboral" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>explotacionlaboral</span></a> <br><a href="https://kolektiva.social/tags/noalashorasextras" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>noalashorasextras</span></a> <a href="https://kolektiva.social/tags/anarcosindicalismo" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>anarcosindicalismo</span></a><br><a href="https://kolektiva.social/tags/CNTAIT" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>CNTAIT</span></a> <a href="https://kolektiva.social/tags/AITIWA" class="mention hashtag" rel="nofollow noopener noreferrer" target="_blank">#<span>AITIWA</span></a><br><a href="https://www.instagram.com/p/DEmcN-vOPQk/?igsh=dDk1Y2J6Z3VobWM3" rel="nofollow noopener noreferrer" translate="no" target="_blank"><span class="invisible">https://www.</span><span class="ellipsis">instagram.com/p/DEmcN-vOPQk/?i</span><span class="invisible">gsh=dDk1Y2J6Z3VobWM3</span></a></p>